Certificación de convocatorias de Juntas Generales

En 2011 la Ley de Sociedades de Capital introdujo la posibilidad de disponer de una página web corporativa.

En caso de disponer de dicha web, la empresa debe publicar las convocatorias de Junta General en la misma. Esto permite ahorrar dinero y tiempo frente a la publicación de la convocatoria en la prensa local y el Registro Mercantil.

La Ley establece una responsabilidad solidaria de los Administradores de la sociedad con respecto a la publicación y mantenimiento de los documentos en la web corporativa. En principio, una manifestación del órgano de administración de que se ha publicado en plazo es suficiente para tener un minimo cumplimiento de los requisitos legales. No obstante, la participación de un tercero independiente puede reforzar esta manifestación aportando una prueba de tercero.

Con esta finalidad en eGarante hemos lanzado el producto eG-webtrack, que realiza una certificación de una o varias url durante un plazo temporal en momentos aleatorios.

Con esta aleatoriedad se puede evitar que terceros argumenten que la certificación del contenido se produjo en momentos puntuales controlados por la empresa que publica la convocatoria estando en sus manos retirar los contenidos mientras no se hacen certificaciones. Por tanto, si la empresa que convoca la Junta no sabe cuándo se puede certificar, y eGarante certifica en momentos aleatorios de tiempo durante el período de certificación, se puede concluir que ha estado publicado de manera contínua si en todas las certificaciones aleatorias está la información recogida.

Para más información se pueden descargar los dos documentos elaborados por eGarante que entran en más detalle sobre el razonamiento jurídico y el funconamiento práctico de la herramienta.

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